CONCESIÓN APLAZAMIENTOS TRIBUTOS 1TR2021 SIN INTERESES

lunes, 22 de marzo de 2021 a las 18:03 h

El Real Decreto Ley 5/2021, en vigor desde el pasado 13 de marzo, presenta un conjunto de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial que pretenden ayudar al sostenimiento del tejido empresarial en esta crisis generada por el Covid-19.  Entre las medidas de naturaleza tributaria, se amplían las opciones para solicitar aplazamientos de impuestos.

Se permite por un plazo de seis meses el pago de todo tipo de impuestos cuyo plazo de presentación e ingreso finalice entre el 1 y el 30 de abril. Este aplazamiento, que fue aprobado ya en el Real Decreto Ley 35/2020 de 22 de diciembre del año pasado, supone que las deudas que sean aplazadas podrán ingresarse en octubre, incluyendo también los pagos fraccionados del impuesto sobre sociedades y las retenciones sobre nóminas y arrendamientos, que habitualmente son inaplazables.

Como medida adicional, no se devengarán intereses de demora durante los primeros cuatro meses del aplazamiento.  Se exige que los solicitantes no hayan facturado más de 6.010.121,04 euros en 2020 y que la cuantía aplazada no supere los 30.000,00 euros. Para solicitar estos aplazamientos es necesario estar al corriente de las obligaciones tributarias.

En definitiva, más medidas de apoyo a las empresas cuando se cumple un año de la declaración del estado de alarma que inició esta crisis.

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