GASTOS DE LOCOMOCIÓN: IMPORTE EXCEPTUADO DE GRAVAMEN - DE 0,19 €/KM A 0,26€/KM-
TIPOS DE IVA PARA PRIMER SEMESTRE DE 2024
MODIFICACIÓN CÓMPUTO PERÍODOS DE COTIZACIÓN A PARTIR DEL 1 DE OCTUBRE
Desde el próximo 1 de octubre el trabajo a tiempo parcial se equiparará con el trabajo a tiempo completo a efectos del cómputo de los períodos de cotización necesarios para causar derecho a las prestaciones de jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, incapacidad temporal, nacimiento y cuidado de menor.
Esta modificación está incluida en el Real Decreto Ley 2/2023 de 16 de marzo, de medidas urgentes para la para la ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones.
De este modo, los periodos de actividad pasan a computar por días completos, independientemente de la jornada del trabajador durante ese periodo, lo que elimina el coeficiente global de parcialidad y se pone punto final a las reglas de proporcionalidad a efectos de acreditar los períodos de cotización necesarios para causar derecho a las prestaciones, exigiéndose a partir de este momento los mismos períodos de cotización para el acceso a las prestaciones que a los trabajadores a tiempo completo.