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LIBROS SOCIAES OBLIGATORIOS EN LAS COOPERATIVAS
sábado, 17 de febrero de 2018 a las 21:02 h

La Ley 14/2011, de 23 de Diciembre, de Sociedades Cooperativas Andaluzas y del Reglamento (Decreto 123/2014, de 2 de Septiembre), establece unos cambios en el contenido, la forma y el procedimiento de legalización de los libros sociales obligatorios para estas Sociedades.
Las principales novedades se refieren al procedimiento de legalización y presentación de los libros obligatorios, que se enumeran a continuación:
- El procedimiento de legalización se tramitará por medios telemáticos.
- La presentación de los libros se realizará una vez cumplimentados los mismos en su integridad.
- Estos libros deberán ser legalizados por el Registro de Cooperativas en los siete meses siguientes a la fecha de cierre del ejercicio.
- Todos ellos deberán contener como mínimo los datos expresados en el art. 57 del Reglamento.
Con objeto de que se cumpla la normativa actual a este respecto, hemos diseñado un servicio de asesoramiento para la legalización de libros sociales, por lo que, si está interesado, nos ponemos a su disposición para informarle.
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