EL TRIBUNAL SUPREMO ANULA LAS VALORACIONES A PARTIR DEL VALOR CATASTRAL
PLAZO PARA DEPOSITAR CUENTAS ANUALES DE COOPERATIVAS
LEGALIZACION DIGITAL DE LIBROS DE SOCIEDADES COOPERATIVAS

Se abre el plazo para legalizar los libros sociales obligatorios para las sociedadades cooperativas.
Ahora se hace todo en soporte digital.
Con respecto a los libros de Actas (de Asamblea General y de Órgano de Administración), estos habrán de recoger todas las actas de las reuniones que se hayan celebrado durante el ejercicio anterior.
En relación al libro registro de socios y aportaciones al capital social, si no ha habido cambios, no es necesario legalizarlo y si los ha habido, habría que legalizarlo completo.
También hay que legalizar los dos libros contables: Libro Diario y Libro de Inventarios y Cuentas Anuales
Esta legalización de los libros sociales está regulada en los artículos 72 de la Ley de Cooperativas Andaluzas y los artículos 57 y 159 del Reglamento que desarrolla la Ley de cooperativas andaluzas.
Para cualquier duda sobre el cumplimiento de esta norma, no dude en ponerse en contacto con nosotros.